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Las nuevas normas de la DGT: así cambian la circulación de patinetes, bicis y motos en las calles

El nuevo Reglamento General de Circulación entra en vigor este 1 de octubre de 2026
Guardia Civil motorizada / Tino Calvo

La movilidad en la Marina Alta cambia a partir de este jueves 1 de octubre de 2026. Entra en vigor la mayor parte de las modificaciones del Reglamento General de Circulación introducidas por el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, una reforma que afecta especialmente a los usuarios considerados vulnerables: peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. La norma fue publicada en el BOE el pasado 26 de junio.

La Dirección General de Tráfico señala que la reforma pretende adaptar la normativa a las nuevas formas de movilidad y reforzar la seguridad en los entornos urbanos, incorporando además un nuevo título específico dedicado a la circulación en las ciudades.

Casco obligatorio y edad mínima de 15 años para los patinetes eléctricos

Uno de los cambios más destacados afecta a los vehículos de movilidad personal (VMP). Desde el 1 de octubre se fija en 15 años la edad mínima para conducir un patinete eléctrico y pasa a ser obligatorio utilizar casco de protección.

Además, quienes circulen en VMP deberán llevar chaleco reflectante durante la noche o en condiciones de baja visibilidad. Para quienes utilicen estos vehículos profesionalmente, como determinados repartidores o riders, el chaleco será obligatorio en todo momento. El incumplimiento de estas obligaciones está tipificado como infracción grave y puede conllevar una multa de 200 euros.

Los VMP continúan teniendo prohibida la circulación por autopistas, autovías y travesías, mientras que fuera de los núcleos urbanos podrán utilizar determinados itinerarios segregados del tráfico motorizado cuando así esté permitido.

Hay, no obstante, una precisión importante respecto a algunos de los carteles divulgativos que están circulando estos días: la obligación de llevar siempre encendido el alumbrado de los VMP no entra en vigor mañana, sino que la DGT ha establecido un periodo transitorio hasta el 1 de octubre de 2027.

Nuevas reglas para los ciclistas

También se refuerzan las medidas de protección para quienes se desplazan en bicicleta. A partir de ahora desaparecen las exenciones existentes y el casco será obligatorio para todos los ciclistas en vías interurbanas.

Los conductores que adelanten a una bicicleta en carretera deberán, además, reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Cuando haya más de un carril por sentido, tendrán que realizar un cambio completo de carril, manteniendo asimismo la separación lateral mínima de 1,5 metros.

En ciudad, la reforma establece que las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su visibilidad y seguridad. Los vehículos que circulen detrás deberán mantener al menos cinco metros de distancia.

Los ayuntamientos también podrán permitir, mediante señalización específica, que las bicicletas circulen en ambos sentidos en determinadas calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos.

Guantes y calzado cerrado para los motoristas

La reforma incorpora igualmente nuevas obligaciones para motocicletas y ciclomotores.

El calzado cerrado será obligatorio en todo tipo de vías, mientras que en las vías interurbanas se establece el uso de guantes de protección tanto para conductores como para pasajeros. La infracción puede suponer una sanción económica de 200 euros.

En el caso concreto de los guantes homologados, la DGT precisa que su exigencia técnica quedará pendiente de una orden ministerial que determine sus especificaciones. Hasta entonces podrán utilizarse guantes de protección de las características habituales.

Otra de las novedades es la posibilidad de que las motocicletas circulen por el arcén derecho cuando exista congestión, siempre que el tramo se encuentre expresamente señalizado y sin superar los 30 km/h.

Los motoristas profesionales dedicados al reparto deberán, además, llevar chaleco reflectante permanentemente.

También aquí existe un periodo transitorio: la exigencia relativa a los cascos homologados, frente a los simplemente certificados, se aplaza hasta el 1 de octubre de 2027.

El cinturón de seguridad amplía su obligatoriedad

Otro cambio relevante afecta al cinturón de seguridad. La nueva normativa elimina algunas de las excepciones que existían hasta ahora para taxistas, conductores de determinados vehículos de mercancías y vehículos de autoescuela, que deberán utilizarlo con carácter general.

Se mantiene una excepción específica para determinados ocupantes de ambulancias asistenciales cuando las necesidades sanitarias de un servicio de urgencia lo justifiquen.

Nuevo “carril de emergencia” cuando haya atascos

Una de las novedades que probablemente resulte más visible para los conductores es la incorporación del denominado carril de emergencia.

Cuando exista una retención y los vehículos circulen a paso de peatón o estén detenidos, deberán colocarse de forma que quede un espacio central libre entre los carriles, facilitando así el paso de ambulancias, bomberos, Policía y otros vehículos de emergencia.

La reforma introduce además nuevas cautelas cuando un conductor pase junto a vehículos inmovilizados por accidente, avería, tareas de mantenimiento o asistencia: deberá dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.

Cambios en caso de nieve en autopistas y autovías

Cuando la circulación quede dificultada por la nieve en autopistas y autovías, quedará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para los servicios de emergencia y los vehículos quitanieves.

Más protección para los peatones y nuevas normas urbanas

La reforma incorpora por primera vez un título completo dedicado específicamente a la circulación urbana, que servirá como marco común para los municipios, aunque los ayuntamientos podrán desarrollar determinadas materias a través de sus propias ordenanzas.

Entre las novedades figura que, como norma general, en los pasos de peatones regulados por semáforo no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones.

También se reconoce jurídicamente el concepto de camino escolar seguro, entendido como el conjunto de vías acondicionadas para facilitar que los menores lleguen a los centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.

Las aceras quedan reforzadas como espacios destinados prioritariamente a la movilidad y estancia peatonal, una modificación especialmente relevante para menores, personas mayores y personas con movilidad reducida.

Las autocaravanas también tendrán nuevas reglas

El nuevo reglamento regula expresamente el estacionamiento de autocaravanas. Cuando estén estacionadas no podrán desplegar elementos que sobrepasen el perímetro del vehículo, deberán descansar únicamente sobre sus neumáticos y tampoco podrán realizar vertidos procedentes del habitáculo.

La mayoría de las novedades entra en vigor mañana, pero no todas

Aunque el Real Decreto 518/2026 entra oficialmente en vigor el 1 de octubre, existen varias excepciones que conviene tener en cuenta. El alumbrado obligatorio de los VMP y las nuevas exigencias de homologación de determinados cascos no serán efectivas hasta el 1 de octubre de 2027. En cuanto a los guantes homologados para motoristas, su aplicación completa dependerá de la aprobación de la correspondiente orden ministerial.